El 1 de enero del presente año, entraron en vigor tres nuevas deducciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que podrían resultar de interés para las familias de ARANSBUR:
- Familia numerosa: 1.200 euros anuales; 2.400 si es familia de categoría especial.
- Familia monoparental con dos hijos: 1.200 euros anuales.
- Descendiente con discapacidad: 1.200 euros anuales por cada descendiente.
- Ascendiente con discapacidad: 1.200 euros anuales por cada ascendiente.
La deducción puede realizarse directamente en la Declaración de la Renta de cada año o, si se prefiere, se puede solicitar el pago anticipado de la misma. En este último caso, se recibirá el pago anticipado, a partir del momento de la solicitud. Dado que la solicitud de pago anticipado no tiene carácter retroactivo, el contribuyente podrá deducirse en la Declaración de la Renta, la cantidad correspondiente al tiempo en el que, teniendo derecho a ello, no recibió anticipadamente el dinero. En caso de que el contribuyente ya haya solicitado el año pasado el pago anticipado, no necesita volver a solicitarlo siempre que los requisitos sigan cumpliéndose.
Quiénes pueden solicitar el abono anticipado
- Los ascendientes – o hermanos huérfanos de padre y madre – que formen parte de una familia
numerosa. - Los contribuyentes con derecho a la aplicación de los mínimos por descendientes o ascendientes
con discapacidad.
Forma y plazos para solicitar el abono anticipado
Desde el 7 de enero:
- Por vía electrónica.
- Por teléfono, en el número 901 200 345.
Desde el 3 de febrero:
Presentando en cualquier oficina de la Agencia Tributaria el formulario que debe cumplimentar e imprimir desde la página de Internet de la Agencia Tributaria. Una vez impreso lo deben firmar todos los solicitantes.